Embargo & apremio Todas las guías
Cómo consultar tus deudas con la AEAT paso a paso (online)
Puedes ver online, en minutos y sin llamar a nadie, todas las deudas abiertas
que tienes con la AEAT: Sede Electrónica → “Pagar, aplazar y consultar” →
“Consultar deudas”. Necesitas tu propio Cl@ve, certificado digital o
DNIe — y nada más. Si el miedo a las “deudas desconocidas” no te deja dormir,
esta página lo quita de en medio.
Paso 1 — Consigue acceso (una sola vez)
Vale cualquiera de estos: Cl@ve (con varias vías oficiales de registro, incluida la videollamada de identificación), un certificado digital o el DNIe. Todos gratuitos, todos personales, y ninguno requiere la intervención ni el permiso de tu gestoría.
Paso 2 — Abre la consulta de deudas
Entra en Consultar deudas
dentro de la Sede, identifícate y verás el listado: cada deuda con su concepto
(qué impuesto u objeto), su clave de liquidación, el importe pendiente, el
período y su situación.
Paso 3 — Lee bien la situación
Esa situación te dice en qué fase está la deuda — y la fase determina el precio de esperar:
- Período voluntario — la ventana ordinaria de pago. La deuda sigue “limpia”: todavía no ha nacido ningún recargo ejecutivo.
- Período ejecutivo — la ventana se pasó. Nacen los recargos ejecutivos: un
recargodel 5%, 10% o 20% según cuándo pagues (art. 28 LGT), y la deuda puede pasar aprovidencia de apremioy, si sigue impagada, a embargo (art. 161 LGT). Qué significa cada paso: providencia de apremio explicada.
La misma deuda, tres precios. Cuanto antes actúes, más barato sale.
Comprobarlo una vez no te protege el trimestre que viene. Gestorro se está construyendo para hacer esta comprobación de forma continua sobre tus propios datos — deudas, plazos y notificaciones, antes de que escalen.
Paso 4 — Averigua qué originó la deuda
Una deuda que no reconoces suele venir de una declaración de la que no sabías nada (o de una que falta). Contrástalo: tus declaraciones presentadas (cómo ver qué presentó realmente tu gestoría) y tus notificaciones en DEHú y en la Sede. El rastro documental explica casi todo.
Paso 5 — Decide: pagar, aplazar o recurrir
- Pagar — corta el crecimiento de recargos e intereses.
- Aplazar — solicita online un
aplazamiento/fraccionamientosi no puedes pagar ahora. El momento importa: una solicitud presentada mientras la deuda sigue en período voluntario generalmente evita que entre en período ejecutivo mientras se tramita; presentada cuando ya está en vía ejecutiva, no detiene automáticamente el procedimiento. Algunas deudas son inaplazables. - Recurrir — si la deuda es incorrecta, ya está pagada o está prescrita, se puede impugnar; la vía depende del documento que hay detrás. Antes de decidir, contrasta con las fuentes oficiales de esta página, o empieza por nuestro mapa de emergencia.
Preguntas frecuentes
¿Necesito Cl@ve o certificado digital para ver mis deudas con la AEAT?
Sí — uno de estos: Cl@ve, un certificado digital o el DNIe. Todos son gratuitos y personales. Si todavía no tienes ninguno, el registro en Cl@ve tiene varias vías oficiales, incluida la videollamada de identificación.
¿Puedo consultar mis deudas desde la app de la AEAT?
Sí — la app de la AEAT permite consultar el estado de tus deudas, pagarlas y solicitar aplazamientos. Para los servicios personalizados de la app, la AEAT exige Cl@ve en concreto; la versión web de la Sede admite además certificado, DNIe o eIDAS según el trámite, y muestra más detalle.
¿Y si la deuda que aparece no es mía o parece incorrecta?
No pagues a ciegas y no la ignores. Anota el número de referencia, revisa la notificación que la originó (Sede + DEHú) y, si realmente es incorrecta, se puede impugnar — la vía y el plazo dependen del documento al que te opongas.
¿Puedo pagar a plazos?
A menudo sí — se puede solicitar online un aplazamiento o fraccionamiento para muchas deudas (algunas son legalmente inaplazables). Presentar la solicitud mientras la deuda sigue en período voluntario generalmente evita que entre en vía ejecutiva mientras se tramita; solicitado más tarde, no detiene automáticamente el procedimiento de recaudación.
No descubras una declaración sin presentar después que la AEAT
Un embargo es el final de una cadena que no viste: notificaciones, plazos, recargos. Gestorro lee esa cadena sobre tus propios datos — antes de que explote.
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